Trascendencia de las técnicas de litigación oral penal
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La argumentación jurídica encuentra su fortaleza doctrinal en la filosofía, como actividad humana a través de la cual se puede arribar al conocimiento en ..un contexto contradictorio. Pero, además, la argumentación puede partir de una perspectiva sociológica, ya que resulta dé utilidad para un adecuado desarrollo convivencial entre, los integrantes del grupo humano,, lo qué sé colige si entendemos a la argumentación como una actividad que realizamos de manera, cotidiana en nuestra relaciones interpersonales, esto es, el debate. Lo que se aprecia con mayor claridad si se la vemos cómo, un mecanismo que contribuye a la solución de conflictos.
Desdé otra dimensión aparece la oralidad, como principio que rige el desenvolvimiento de la actividad procesal, estableciendo un régimen de audiencia para el desarrollo del procedimiento y que, conjuntamente con otros principios, guían el camino hacia la solución del conflicto de intereses jurídicos o el esclarecimiento de incertidumbres jurídicas. Consecuentemente, un proceso penal es oral cuando las decisiones del juzgador se forman a partir de lo debatido y demostrado en las audiencias llevadas a cabo durante todo el trámite procedimental. Bajo nuestra opinión, superamos la idea de que sólo la actividad probatoria debe ser oral, ya que ésta es una visión restringida de la oralidad.
La coyuntura en la que nos encontrarnos ha. permitido que la argumentación jurídica y la oralidad se encuentren en el proceso Judicial, en atención a la reforma procesal penal que afronta el Perú,, dejando atrás normas adjetivas con rasgos inquisitivos y mixtos, y dando paso a un modelo procesal acusatorio de matiz garantista y adversarial.
En un proceso acusatorio las funciones de persecución y de sanción penal se encuentran distribuidas entre dos entidades distintas, como son el Ministerio Público y. el Poder Judicial, correspondiéndole al primero la titularidad de la acción penal, la dirección de la investigación del delito y desempeñarse como parte acusadora en el proceso; en tanto que al órgano jurisdiccional le compete controlar el respeto de las garantías procesales por parte del fiscal en su labor de indagación (juez de investigación preparatoria) y de decisión (Juez penal). Bajo esa dinámica, la defensa del imputado cumplirá un rol activo durante todo el desarrollo del procedimiento penal, interviniendo en las actuaciones, consiguiendo, ofreciendo y actuando sus medios probatorios, contradiciéndolas imputaciones del fiscal, negociando y exigiendo el respeto de los derechos de su patrocinado.
Todo este cúmulo de actividades se realizará dentro de un trámite dotado de un conjunto de principios y garantías procesales tendiente a resolver de manera justa, pronta, fundamentada y definitiva el conflicto derivado del delito, aplicándose la ley penal a los responsables y reparándose integralmente a la víctima del mismo. En dicho proceso la publicidad, la Inmediación, la contradicción y la oralidad imponen nuevas exigencias para los sujetos procesales, como son, el necesario y difícil cambio de mentalidad, la búsqueda dé la verdad a través de mecanismos que respeten los derechos fundamentales del imputado, la aceptación de los mecanismos de negociación para la solución del conflicto y, sobretodo, la capacitación en las técnicas de litigación oral penal.
Cuando hablamos de técnicas de litigación oral, nos referimos al conjunto de habilidades y métodos a emplearse por las partes para la elaboración del planteamiento de su posición (de acusación o de defensa) en el proceso penal; para su sustentación en el debate contradictorio y para su demostración a través de la actuación estratégica de los medios probatorios, todo lo cual importa la proyección y justificación de la teoría del caso, la exposición impactante de los alegatos, la eficaz formulación de preguntas y objeciones en el Interrogatorio y contrainterrogatorio y la adecuada oralización de los medios probatorios. Lo que en conjunto busca generar convicción en el Juez respecto a la certeza de sus argumentaciones.
En suma, el buen manejo de las técnicas de litigación oral determina el desempeño exitoso de las partes en el proceso penal y la única forma de dominar dichas técnicas y destrezas es a través de la experiencia. Poner en práctica las pautas proporcionadas nos permitirá apreciar los errores y falencias relacionadas al conocimiento del caso, al empleo del lenguaje, a la forma en que se transmite el mensaje, a las preguntas y objeciones que formulamos, etc. Por tanto, como conclusión tenemos que nuestro estudio y el diseño metodológico que hemos tratado Constituye apenas la mitad del trabajo, dirigido a adquirir y dominar las técnicas de litigación oral. Así, pues, lo qué falta es lo más importante esto es, llevar a la práctica la teoría y extraer de dicha, experiencia nuevos conocimientos