Estructura y técnica del alegato de apertura
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Debemos de precisar que no existe una estructura única del alegato de apertura, su diseño depende de las particularidades de cada caso y de la estrategia fijada por las partes. No obstante, podemos proponer, un esquema básico, pero eficaz, de alegato de apertura, bajo el cual debe tenerse en cuenta:
La fijación del «tema» ..
El «tema» del caso es la idea central en torno a la cual gira la teoría de cada parte. Utilizar el «terna» en el alegato de apertura, constituye una estrategia para dirigir un mensaje efectivo e Impactante al Juzgador, a quien recordemos recién informaremos acerca de los aspectos trascendentes del caso; buscando ingresar a su mundo interno para identificarlo con la teoría del caso respectiva.
Al respecto, se señala que el alegato debe desde su inicio enviar un mensaje claro al Juzgador. El «tema»: como se explicó, es la síntesis de la teoría del caso que destaca sus características particulares. Por lo tanto, antes que presentaciones dis trac toras y llenas de contenido, abstracto o doctrinal, es conveniente desde el comienzo-enviar el mensaje, claro del tema sobre el que versa la teoría del caso.
BLANCO y .otros también recomiendan utilizar el «tema» .determinado al formular nuestra teoría del caso Nos referimos al bien jurídico y/o valor en debate en el juicio, como primera idea para granear la relevancia de lo que se juzga
« Énfasis en la narración de los hechos
La exposición de la teoría del caso debe poner énfasis en la transmisión de la información acerca de los hechos, circunstancias, conductas y características relevantes del caso. Estando dicha información dirigida al juzgador, las partes deben de procurar una narración, fáctica clara, con empleo de términos sencillos, coherente, creíble, razonable y dotada de dosis de Impacto.
La exposición de los hechos puede seguir un orden; cronológico o temático, dependiendo de la estrategia trazada y de la posición qué. asuman las partes. No debe realizarse una exposición demasiado compleja ni llena de detalles irrelevantes, pues ello reataría claridad al alegato y dificultaría el procedimiento de transmisión, de la información hacia el juez. A ello hay que sumarle una recomendación: la brevedad.
No debe perderse el fin del alegato de apertura, por tanto, la narración de los hechos debe estar dirigida a captar la atención del juez, explicarle muy brevemente la forma en que ocurrieron los hechos, qué participación tuvo el imputado en su comisión, sustentar su punibilidad y ofrecer su probanza. Debemos de tener en cuenta que, el alegato de apertura es una introducción al juicio, una presentación de lo que se debatirá y del criterio con el cual se abordará la controversia. Por lo tanto,, al no existir aún el caudal probatorio practicado y controvertido, no hay lugar para realizar la crítica de las pruebas, ni Inferir o argumentar conclusivamente sobre el caso. Esto es propio del alegato final.
Si lo que buscamos con nuestra argumentación en el juicio es convencer, persuadir, entonces debemos hacemos entender. Para que el receptor nos entienda debe atender y para que nos atienda, debemos de captar su atención, Por lo tanto, deducimos que nuestra actividad argumentativa pasa por.tres etapas al íiiomento de exteriorizarla: 1) captura, de atención; 2) transmisión de información convincente; y 3) demostración de la hipótesis. Este procedimiento permitirá lograr la generación de convicción en el Juzgador acerca de la veracidad de nuestra teoría del caso. Pero dicha actividad no es libre, tenemos niveles que superar, como son: 1) el contar con suficiente material probatorio que respalde la hipótesis; 2) superar o desvirtuar el argumento del adversario; y 3) lograr que el juez asuma como correcta nuestra hipótesis. Alta valla que se pone al frente de las partes, que es propia de la dinámica adversarial del sistema acusatorio y que revela la trascendencia de las técnicas de litigación oral.