Contrainterrogatorio o contraexamen Concepto

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Por medio del contrainterrogatorio o contraexamen, las partes (fiscal G defensor del imputado) formulan preguntas al testigo o perito ofrecido por el adversario, luego de que éste haya, concluido el interrogatorio o examen directo. En este sentido, BLANCO SUÁREZ y otros coinciden  en señalar que, el contrainterrogatorio  es el «examen que el fiscal o defensor  efectúan al testigo o perito que presenta la contraparte.

El contrainterrogatorio  es una técnica de litigación del juicio oral bastante delicada y previamente a emplearla la parte debe de evaluar su necesidad y utilidad, pues de ser mal utilizada, resultará perjudicial. No debe contrainterrogarse sin estrategia ni preparación. «Enfrentar a los  testigos contrarios es una dé las habilidades más difíciles de desarrollar en el litigio. Tradicionalmente quien contrainterroga repite el contenido y la secuencia del interrogatorio, buscando que. el testigo dé algún traspié, que voluntariamente confiese su error o mentira peor aún, que explique la razón de sus contradicciones. El resultado es que el testigo se fortalece se reafirma y cubre sus vacíos iniciales con las preguntas del abogado contrainterrogador. Un contrainterrogatorio exitoso requiere, conocer exactamente los puntos débiles del testigo y su testimonio, saber corno confrontarlos,   qué   tipos de preguntas formular, tener dominio sobre el testigo y saber cuándo y cómo terminar.

b) Objetivos

Los objetivos básicos del interrogatorio o examen directo eran dotar de credibilidad al testigo (acreditarlo), que su testimonio acredite las proposiciones fácticas de la teoría del caso del interrogador y que permita la introducción de la prueba material; En cambio, en él contrainterrogatorio, la parte contraria buscará desacreditar   al  testigo «ajeno»,   desacreditar  su  testimonio,   obtener información qué favorezca la teoría del caso del contrainterrogador, evidenciar mentiras u omisiones en la declaración del testigo y buscar todo dato que permita apoyar el alegato dé clausura Por tanto, el horizonte hacia el cual apunta el contrainterrogador está determinado por la pertinencia, necesidad y utilidad. Si la parte no tiene datos o información que le permitan prever un efectivo ataque a la credibilidad del testigo o al testimonio, será mejor no contrainterrogar.

Para lograr un efectivo contrainterrogatorio, la parte debe tener  en cuenta que dicha técnica busca:

Desacreditar al testigo.- Es decir, lograr -a. través de las preguntas formuladasque él mismo testigo brinde datos que reflejen su falta de credibilidad personal y que, por tanto, generen desconfianza al juzgador. «Él testigo» puede ser atacado por sus influencias, y prejuicios, sus intereses y motivos, sus convicciones o sus antecedentes personales, con el fin de restarle conñabilidad.»120. Las  preguntas del contrainterrogatorio deben de «buscar aquellas «debilidades personales» del testigo o perito. Para ello es imprescindible saber con precisión no solamente la identidad de  cada uno de los testigos y peritos de la contraparte, sino que es fundamental averiguar los posibles lazos que unen a ésa persona con los hechos y con los demás intervinientes, utilizar la memoria histórica para registrar la posible participación de ese testigo o perito en otros juicios, vinculaciones familiares, deamistad, de negocios con los Intervinientes, etc.

Desacreditar el testimonio, parcial o totalmente Significa que las preguntas deben de buscar evidenciar que el testimonio del testigo es -en todo o en parte- Inverosímil, contradictorio, Inconsistente o falso. Aquí yá no se apunta  a desacreditar al testigo, sino a los hechos narrados.  Con dicho fin,   «las  preguntas  estarán dirigidas  a mostrarle a los jueces que lo que el testigo o perito ha declarado no se1 corresponde con los hechos que se han. ido reconstruyendo, en consideración del conjunto de pruebas ya aportadas, del sentido común, de la experiencia o por opiniones científicas más contundentes. Lo relevante en este sentido será definir con precisión cuál, es el punto de la declaración del testigo o perito que abordaremos en el contrainterrogatorio y qué elementos utilizaremos para esa labor.

Demostrar contradicciones con lo declarado por otro testigo de la parte contraria.- Esto obedece a una estrategia y a una visión global de los testimonios. El contrainterrogador puede darse cuenta de la existencia de contradicciones entre lo dicho por los testigos de la  parte contraria,  en cuyo caso procederá a formular preguntas    orientadas a que el juez se percate de ello y, dependiendo de   que versión le convenga a su teoría buscará desacreditar a alguno de los dos o a ambos testigos. Al respecto, BLANCO y otros señalan que «(…) aquí el objetivo será también el fortalecimiento de este testigo, en  tanto  su testimonio   refuerza  aspectos   que   contradicen   lo declarado por otro testigo de la parte contraria, eventualmente más dañino para nuestra parte Que el testimonio sirva para corroborar las proposiciones fácticas que conforman la teoría del caso del contrainterrogador.- Aquí se buscará-a través de las preguntas formuladas-que el testigo brinde datos que reafirmen o corroboren algunas de las proposiciones fácticas    que    forman    parte    de    la    teoría    del    caso    del contrainterrogador. Por su puesto, que debe tenerse en cuenta, que-por tratarse de un testigo «ajeno», éste no brindará la información que apoye completamente la teoría del casó del contrainterrogador. La parte, entonces, deberá enfocar correctamente el contrainterrogatorio para lograr que él testigo corrobore determinada proposición fáctica,  «Si   el contrainterrogatorio logra que el testigo  adverso corrobore así sea parcialmente la teoría del caso, el alegato de conclusión se verá fortalecido, En este  supuesto, no resultará conveniente,   desacreditar  al,  testigo, no  podremos    dirigirle preguntas   qué muestren inconsistencias, debilidades, Incoherencias; muy por el contrario, tomaremos aquellos aspectos que no interesan y los reforzáremos, matizadamente

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