
Ley del sistema nacional de inversión pública
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LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA – SNIP Ley 27293
OBJETO Crear el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP). FINALIDAD Optimizar el uso de los Recursos Públicos destinados a inversión.
EL SISTEMA DE INVERSIÓN PÚBLICA
El SNIP busca Certificar la calidad de las inversiones que busca asegurar una adecuada Inversión Social y económica, es decir, optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión
¿Qué busca el SNIP?
¿Qué es un Proyecto de Inversión Pública? Un Proyecto de Inversión Pública es una intervención limitada en el tiempo que utiliza total o parcialmente, recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar o recuperar capacidad productora de bienes o servicios, cuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto y son independientes de los de otros proyectos. ¿A qué tipo de Proyectos se aplica el SNIP? A cualquier tipo de proyectos: Sociales, productivos, de infraestructura, fortalecimiento institucional, etc. ¿A qué tipo de financiamientos se aplica? A todos los recursos de propiedad del Estado incluidos los que son con endeudamiento externo o de cooperación internacional.
¿QUÉ CONDICIONES DEBE CUMPLIR UN PROYECTO PARA QUE PUEDA SER DECLARADO VIABLE?
Para que un Proyecto de Inversión Pública sea calificado como viable debe cumplir tres condiciones básicas: Ser socialmente rentable, Ser sostenible y Compatible con las políticas sectoriales nacionales.
¿EN QUÉ CONSISTE LA DELEGACIÓN DE FACULTADES?
Consiste trasladar la facultad que ostenta el MEF para declarar la viabilidad de los proyectos, hacia las OPIs del Gobierno Nacional, Regional o Local, así como a las UE. Esto no significa que se “exonere” de la fase de preinversión del SNIP, ya que igual se tienen que elaborar los estudios que sean necesarios, pero la evaluación y declaración de viabilidad será hecha por ellos mismos.
DECLARACIÓN DE LA FACULTAD PARA DECLARAR LA VIABILIDAD DE UN PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA Resolución Directorial Nº004-2007-EF/68.01
DECLARACIÓN DE LA FACULTAD PARA DECLARAR LA VIABILIDAD DE UN PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA Resolución Directorial Nº 004-2007-EF/68.01
CASO PRÁCTICO: PROYECTO “CONSTRUCCION DEL HOSPITAL DE VENTANILLA”
CASO PRACTICO – EDUCACION
Proyecto: Reubicación y Construcción 03 aulas CES Manuel Polar
FORMULACIÓN INICIAL
Reubicar el CES Manuel Polar dentro del área de influencia: terreno baldío (3103m2) en Pachacútec Viejo – Cerro Colorado. Construcción 03 aulas en el terreno propuesto Monto Inversión: US $ 60,000
ANÁLISIS DE LA PROPUESTA Proyecto: Reubicación y Construcción 03 aulas CES Manuel Polar
Situación Actual Local Escolar: Av.Bolognesi s/n.
Cayma – Arequipa Area: 10,639 m2 N° de aulas: 33 Otros ambientes: Laboratorios Talleres Sala de profesores Of. Administrativas SS.HH Patio Losas deportivas Funcionan: CE. Secundario M. Cápac CE Secundario J. M. Polar USE Arequipa Norte
CASO PRACTICO – EDUCACION
Proyecto: Reubicación y Construcción 03 aulas CES Manuel Polar
FORMULACIÓN FINAL
Sobreoferta de infraestructura en el mismo local escolar: NO es necesaria su reubicación. Monto Inversión: US $ 0. La propuesta de reubicación e implementación de 03 aulas en el terreno baldío NO hubiese cubierto la demanda del servicio.