
La Educación
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La educación debe ser promovida para la formación profesional o capacitación ocupacional del interno. Contribuye a su mejor formación y lo prepara para cuando tenga que salir del establecimiento penitenciario. Por ello el fomento del funcionamiento de centros educativos, dentro del establecimiento penitenciario es necesario, labor que es realizada por las autoridades penitenciaria.
La educación a distancia también es fomentada y se puede dar en niveles técnico y superior.
Una vez concluida los ciclos de enseñanza y capacitación, según el programa curricular, los internos pueden recibir el certificado correspondiente con la sola mención de la Unidad de Servicios Educativos de la Jurisdicción, prescindiéndose de toda referencia al establecimiento penitenciario.
Respecto al control de la actividad educativa de los internos, el Área de educación del Establecimiento Penitenciario es el encargado de llevar los libros correspondientes, debidamente legalizados por el secretario del Consejo Técnico Penitenciario. Estos libros son los siguientes:
* Libro de Registro de Educación. Donde se inscriben los internos que se dedican ala actividad educativa.
* Libro de Planilla de Control Educativo. Donde se registrará la asistencia diaria al Centro Educativo y las horas efectivas de estudio.
*Libro de Control de Evaluaciones. Donde se registrarán las notas de las evaluaciones mensuales, sin perjuicio de los libros y registros que debe llevar el centro educativo de acuerdo con las disposiciones del Ministerio de Educación y las normas educativas.